La jueza Mónica Lucero dictó el autoprocesamiento contra Ramón Molina, presidente del Concejo Deliberante de la Municipalidad de Rivadavia y el secretario general de la comuna, Roberto Correa, por abuso de la autoridad en prejuicio de la comuna.
El día 18 de enero de 2011 ambos ediles abusando de sus poderes en ejercicio de las funciones de Funcionarios Públicos, dictaron una orden contraria a la Carta Orgánica del Municipio de Rivadavia y de los Art. 35, 36 (inc 1 y 2) y 37 del Cód. de Faltas Municipal. En la fecha mencionada, Molina, se encontraba a cargo de la Intendencia (ya que Elías Alvarez estaba ausente provisoriamente) y por medio de un acta refrendada por Correa habilitaron el local comercial de un particular que había sido condenado por la Juez de Faltas de la comuna, Gladys Fatima Abelín de Tejadaa la clausura sin término del negocio.-
Este jueves, a las 9 de la mañana, ambos serán notificados y tendrán tres días para apelar la medida. La causa puede ser apelada por el abogado defensor de los imputados dentro de los tres días de notificada a los mismos y resuelta la apelación por la Camara Penal, la cual podrá revocar la resolución de Lucero o confirmarla. Si la confirma la causa se elevara a juicio a otro juez correccional para que condene a los acusados o los absuelva. Las penas por este tipo de falta van desde la inhabilitación para ejercer cargos en la función pública a tres años de prisión.