Córdoba: El Tribunal Superior revirtió un fallo que perjudicaba a De la Sota
Se firmó este Martes, a 10 días de la asunción del gobernador electo. Una Cámara lo había encontrado responsable de «daño moral» por lo que había dicho de Altamirano (UTS).
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) revirtió un fallo que afectaba al gobernador electo José Manuel de la Sota en una demanda civil por daño moral iniciada por Carlos Altamirano, actual titular de la Unión de Trabajadores de la Salud (UTS), al que debía resarcir con 8.626,66 pesos.
Altamirano había iniciado el planteo en 2006, cuando era referente de Médicos Autoconvocados, luego de que De la Sota dijera públicamente que el profesional había recibido una sanción del Tribunal de Ética del Consejo de Médicos, lo cual era cierto.
El fallo se firmó y se conoció hoy mismo, 10 días antes de que De la Sota asuma su tercer período como gobernador, y fue emitido por la sala Civil y Comercial del TSJ, integrada por Armando Segundo Andruet (h), Carlos Francisco García Allocco y Domingo Juan Sesin (ver fallo completo en PDF).
El por qué. El argumento principal del TSJ es que, al ser un referente de un sector –el de los médicos-, Altamirano puede equipararse a un funcionario público, que tiene una «protección débil» cuando se trata de debates sobre cuestiones públicas, y que debe primar en esta discusión la libertad de expresión.
«El médico que rechazó los concursos parece que no quiere concursar porque tiene una sanción ética por mala praxis y no podrá ganar», dijo en aquel momento De la Sota, buscando quitarle legitimidad a Altamirano.
En el fallo del TSJ también pesó el hecho de que efectivamente Altamirano había sido sancionado públicamente por el Colegio de Médicos y que el propio médico había admitido que si se presentaba en el concurso resultaría afectado.
Criterios diferentes. Altamirano había obtenido antes una resolución favorable por parte de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Séptima Nominación, que había considerado “injuriosas” las declaraciones de De la Sota cuando era gobernador en su segundo mandato (ver Una Cámara ratificó condena por injurias a De la Sota 22/10/2009).
El fallo en primera instancia había sido adoptado en febrero de 2009 por Daniel Suárez, juez de 45° Nominación Civil y Comercial (verCondenan a De la Sota por injuriar a un médico 18/02/2009).
Las razones. En su voto, el vocal Andruet consideró que «Altamirano no revestía la calidad de un simple particular sino que, a partir de haber asumido la representación de los médicos contratados, se había convertido en una persona con actuación pública, a la cual -conforme a la tesis elaborada por el más Alto Tribunal de la Nación- le resultaba aplicable la doctrina sobre la protección débil del funcionario público, que resulta ajustable a todo aquél sujeto que cobra notoriedad pública al inmiscuirse en cuestiones atinentes a la marcha de la sociedad».
El TSJ interpretó que las manifestaciones de De la Sota “pretendidamente injuriosas” respecto de Altamirano se registraron “en el marco de una contienda política gubernamental sometida a consideración de la comunidad y, por ello, naturalmente en el espacio público y mediático”.