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ESTAFA EPRE: DOS BOLETAS PARA AGOSTO

ESTE ORGANISMO TRABAJA PARA INTERESES EMPRESARIOS AJENOS ¿CUÁL ES SU FINALIDAD DE EXISTIR?

El incremento, tras la audiencia pública convocada por el EPRE, será del 4.27% y se verá plasmado con las facturas que lleguen en agosto. Además al usuario le llegarán dos boletas, una con subsidio y otra sin el mismo, con el fin de profundizar la quita de subsidios.

 El titular del EPRE anunció, en la mañana de hoy, lo que era un secreto a voces. A partir de la próxima factura que llegue a los hogares, se reflejará un incremento en el precio de la energía eléctrica del 4,27%. Este número es el resultante de las audiencias públicas convocadas por el organismo de contralor semanas atrás.

Pero un dato no menor y que podría terminar repercutiendo en el precio de la energía que el usuario paga, es el porcentaje de subsidio del Estado Nacional que desaparecería. Concretamente y tal cual anunció el titular del EPRE Jorge Rivera Prudencio en rueda de prensa, el próximo mes llegarán dos boletas a los usuarios cuyo consumo supere los 2000 Kwh. Estos usuarios podrán pagar la boleta sin subsidio, modalidad que quedará fija hacia el futuro, pero también con el mismo. En este caso, luego de pagar la boleta, deberán presentar una declaración jurada ante el EPRE y ste la enviará a la nación para que se autorice o no el subsidio al solicitante.

Los requisitos que deberán reunir quienes quieran la ayuda en la boleta son: Si se acredita una enfermedad crónica que implique un mayor consumo del servicio. Si el usuario percibe como único ingreso previsional una jubilación y/o pensión equivalente a un haber mínimo. Si el usuario percibe Pensiones No Contributivas. Si el interesado es beneficiario de algún Plan o Programa Social (Asignación Universal por Hijo, Subsidios Por Desempleo, Plan Familias, etc.). Si tiene el domicilio afectado por actividades de índole social (Institutos, comedores comunitarios, centros de recuperación, etc). Si percibe alguna asignación familiar o si cuenta con un certificado de discapacidad. Si el usuario posee ingresos familiares insuficientes para afrontar el pago de la tarifa plena, si se encuentra exento del pago de ABL. Si la vivienda posee características edilicias desfavorables que impliquen la utilización de un mayor consumo de otro servicio (vivienda precaria con familia numerosa, vivienda precaria carente de alguno de los servicios -gas o agua, etc). Si la vivienda posee un local anexo destinado a la actividad comercial (pequeños comercios, talleres de oficio, etc.) o si conviven múltiples hogares.

Si cuadra con los requisitos, el usuario seguirá percibiendo el subsidio en la luz. En el caso que no cumpla con las pautas fijadas por la Nación, este usuario deberá pagar el proporcional correspondiente al subsidio del mes pasado y la boleta normal sin el beneficio.

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