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Caso Saavedra: Organización feminista sorprendida por silencio de la senadora Riofrío

Marina Riofrío, senadora nacional y presidenta de la Banca de la Mujer del Senado de la Nación.

El Movimiento de Mujeres Sanjuaninas analiza recurrir el fallo del juez Adarvez que benefició al ministro de Minería con el avenimiento. Además, aseguraron que no entienden el silencio de la presidenta de la Banca de la Mujer del Senado de la Nación, senadora Marina Riofrío. Texto completo de la versión taquigráfica del proyecto de la legisladora http://bit.ly/La7KoA

Organizaciones feministas y de derechos humanos de San Juan se mostraron sorprendidas ante la falta de compromiso de la presidenta de la Banca de la Mujer del Senado de la Nación, Marina Riofrío, por el hecho, comprobado, de abuso sexual que involucró al ministro de Minería de la provincia, Felipe Saavedra, y del beneficio del derogado avenimiento del cual gozó para ser sobreseído.

Perla Welner, presidenta del Movimiento de las Mujeres Sanjuaninas, aseguró en el programa radial «Barajar y Dar de Nuevo», que se emite por la 99,3 MHz, que «causó sorpresa el silencio de la presidenta de la Banca de la Mujer del Senado de la Nación, Marina Riofrío, ya que fue una de las impulsora de la derogación del avenimiento».

Bajo el expediente S-0108-12, http://bit.ly/La7KoA, la senadora Marina Riofrío presentó uno de los 4 proyectos de ley de derogación del avenimiento. Finalmente, se impuso el proyecto que presentó el senador nacional Daniel Filmus. Pero más allá de eso, la legisladora sanjuanina, que celebró la aprobación por unanimidad del proyecto y que presiden la Banca de la Mujer en el Senado, no ha condenado el hecho que involucró al actual ministro de Minería, Felipe Saavedra, ni criticó la aplicación del avenimiento.

En los fundamentos del proyecto de Riofrío se lee que: «La regulación de este instituto remite a la dicotomía público-privado ampliamente debatida y denunciada por los movimientos feministas y de mujeres, y refuerza la concepción de que los delitos sexuales deben sustraerse al ámbito de la justicia penal”.

Por otra parte, la senadora Riofrío fundamentó que “desarticular la lógica perversa bajo la que encuadra la violencia contra las mujeres es un proceso de suma complejidad, que requiere de abordajes interdisciplinarios, con mirada de género.”

También consideró en su proyecto que “figuras como el avenimiento pueden resultar peligrosas y someter a las mujeres a nuevas situaciones de violencia sexual (revictimización)” y agregó que “es sabido que las víctimas de violación y abuso sexual son presionadas a acceder a un avenimiento no sólo por sus agresores, sino también por diferentes operadores del sistema de justicia, en pos de la preservación de la unión familiar o por considerar que las acciones del agresor no son de gravedad que amerite sanción penal”.

Por último, la legisladora sanjuanina se basó en la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, y fundamentó que “mantener la figura del avenimiento en el Código Penal es tolerar una violencia indirecta hacia las mujeres” y recordó que “esta Ley entiende por violencia contra las mujeres: “toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal”, quedando comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes”. Y que justamente bajo esta concepción prohíbe expresamente las audiencias de mediación y/o conciliación”.

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