Incluye la prisión permanente revisable y pena la resistencia pasiva y animar a realizar actos violento
EL PERIÓDICO DE ARAGÓN
El Consejo de Ministros ha aprobado este jueves el anteproyecto de ley de reforma del Código Penal, que introduce medidas como la prisión permanente revisable o la custodia de seguridad, que establecerá un periodo de vigilancia posterior a la pena en casos de delitos de especial gravedad.
Según la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, hay cambios esenciales «en violencia sobre la mujer como el matrimonio forzado, el acecho o el hostigamiento, las coacciones» y la difusión. El acoso se pena hasta dos años de prisión. También se castiga «la divulgación» de grabaciones íntimas.
El Gobierno también introduce cambios en «el estatuto de la víctima y el delito» y en el estatuto de la carrera judicial, modificando las sustituciones y haciendo que los jueces asuman más trabajo. Según el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, el estatuto de la víctima, instado a requirimientos de una directiva europea, garantiza los derechos extraprocesales y el derecho a participar en el proceso judicial con asistencia médica y psicológica, la indemnización, al reembolso de gastos o el derecho a estar acompañado. También tendrá derecho a conocer si hay permisos penitenciarios para su agresor.
El estatuto también prevé que los niños no tengan que asistir a los juiciso sino que graben anteriormente su declaración y que las víctimas de delitos sexuales sean atendidas por personal de su mismo sexo. El nuevo texto endurece las penas por la incitación al racismo y la violencia, así como el «odio ideológico».
La acción de resistencia pasiva, junto a la desobediencia, se mantendrá penada con entre seis meses y un año de cárcel, y sólo se castigará la difusión de mensajes que inciten a la comisión de algún delito de alteración del orden público o actos de violencia, pero no la simple convocatoria a movilizaciones.
Cambios en el estatuto de los jueces
Gallardón también justifica que no haya jueces sustitutos «más que en casos muy excepcionales». El ministro lo ha presentado por la exigencia de tener «los conocimientos adecuados» aunque ha reconocido la labor de los profesionales que la han desempeñado hasta ahora.
Delitos contra menores y contra el Rey
El nuevo texto también preveía –aunque Gallardón no se ha referido expresamente a ella– prisión permanente revisable se aplicará a los homicidios terroristas, pero también a los cometidos contra el Rey o el príncipe heredero y contra jefes de Estado extranjeros. Igualmente, se podrá aplicar a ciertos crímenes que causan especial repulsa social, cuando la víctima sea menor de 16 años o especialmente vulnerable o cuando exista también delito contra la libertad sexual, entre otros.
La reforma introduce también por primera vez en la legislación española la custodia de seguridad para delitos especialmente graves como una medida privativa de libertad para casos excepcionales, que, con una duración máxima de 10 años, se aplicará una vez cumplida la pena de prisión después de que el tribunal valore la peligrosidad del penado.