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No confiar en la Justicia y apostar al respaldo social

Es la premisa que guía a Gustavo Gómez, fiscal federal del norte del país, que trascendió por haber dejado huella en más de 300 casos ambientales, entre ellos, el de la minera La Alumbrera.
 (Claudio Espinoza) - Por ANA LAURA CALDUCCI

Neuquén > Allá por 1991, con 29 años recién cumplidos, Gustavo Gómez asumía como fiscal federal de Chubut. Como primer caso, le tocó investigar la contaminación de 17 mil pingüinos con petróleo de bases marítimas. Penalmente, la causa terminó sin condenas. Socialmente, logró tal trascendencia con la acusación que impuso nuevas reglas para el funcionamiento de los buques petroleros. Desde entonces, se lo reconoce en todo el país como un especialista en la persecución de delitos ambientales, en particular por su activa participación en el caso de La Alumbrera.
Este fiscal mediático y poco ortodoxo, que hoy ejerce en Tucumán y el norte del país, estuvo en esta ciudad y en Cipolletti para difundir lo que define como “la estrategia judicial para la defensa del ambiente”. Disertó ante los vecinos como parte del Encuentro Regional Patagónico que organizó la Coalición Cívica-ARI.
En diálogo con La Mañana de Neuquén, confió que descree de la administración de justicia pero tiene una gran convicción en la capacidad de revertir las situaciones de contaminación cuando hay detrás toda una sociedad que respalda ese cambio.

¿En qué consiste su “estrategia judicial para la defensa del ambiente”?
Es dar herramientas que le permitan al ciudadano común protegerse de la contaminación ambiental. El primer paso es cómo recolectar pruebas. Hay leyes nacionales, como la de acceso a la información pública, que no son utilizadas por la gente. Y las puede utilizar cualquier persona, sin siquiera tener que decir el motivo por el cual pide un informe. También cómo recoger una prueba testimonial, tomar fotografías o filmaciones y todo lo que tenga que ver con la manera de recoger la prueba de un caso de contaminación.  El segundo punto es cómo canalizamos esa prueba a través de los procedimientos judiciales. En ese sentido, hay varios tipos de acciones judiciales: las civiles, como acciones de amparo, inconstitucionalidad o daños y perjuicios; y las penales, vinculadas a los delitos ambientales. Lo bueno es que no necesitás que el delito se configure, basta con el peligro. O sea, no hace falta que el hecho de contaminación se concrete para actuar.

¿Y, en todos los años que dedicó a causas ambientales, qué logros destaca de su trabajo que le marcan el camino a seguir?
En realidad, se le pide a un fiscal que sea exitoso en la investigación de los delitos. En ese aspecto, ya tengo más de 20 años. Comencé como fiscal federal en Chubut y mi primera causa tuvo que ver con un empetrolamiento de 17 mil pingüinos en la zona de Punta Tombo. Eso sirvió para exponer el problema al mundo sobre la cantidad de petróleo que teníamos en ese momento en el Mar Argentino y lo cerca que navegaban los barcos de la costa. La causa se terminó cerrando desde lo penal, pero tuvo una proyección en distintas acciones administrativas, como exigirle a los buques petroleros el doble fondo, que naveguen alejados de la costa para que un derrame no la perjudique y demás. Puedo mencionar además que en Tucumán condenamos a tres años de prisión a los propietarios de un sanatorio por mezclar residuos patogénos y comunes. Y la consecuencia fue que no hay una sola jeringa hoy que se tire fuera del lugar correspondiente.

Entonces, ¿apunta a un cambio de actitud más allá de la causa judicial específica?
Sí. La acción penal tiene como característica fundamental la prevención, más allá de que algún penalista me tire un zapato por la cabeza por decirlo. Nosotros, en Tucumán, condenamos al intendente de Concepción por el desmanejo del basural. Y hay que fijarse hoy en Tucumán cómo se cuidan de tratar los basurales. También los propietarios de los 15 ingenios azucareros de Tucumán fueron condenados por el delito de contaminación con cenizas y vinaza. Y casi todos los ingenios hoy tienen filtros en la chimenea y ya no tiran ceniza. Y el tema de la vinaza se tomó a nivel nacional, como preocupación del Estado, porque al poder económico no le conviene que los metan presos por contaminar y no los ayuden, cierran el ingenio; entonces, hoy hay todo un plan de reconversión industrial apoyado por créditos de valor cero y demás para que ya no haya contaminación de vinaza.
La acción penal tiene un resultado concreto. Ahora, nunca es un éxito personal. Ninguna de estas acciones penales ambientales que comento hubiera sido exitosa si no hubiera habido detrás de ellas toda una sociedad víctima de los delitos y militante por una solución.

¿Y cómo ve la situación de la provincia de Neuquén en este tema, en particular por los anuncios de yacimientos no convencionales de hidrocarburos?
No tengo un conocimiento profundo de los planteos, pero estaría casi seguro de que los informes de impacto ambiental vinculados a la explotación de gas y petróleo no convencional podrían servir como instrumento válido para demostrar que se cometen delitos ambientales.
Es decir, la provincia impulsa todo esto y las empresas petroleras presentan sus informes de impacto ambiental. Pero, a poco de que uno empiece a investigar eso, veríamos una seria contradicción con la ley federal de delitos ambientales, la 24.051.

¿Por ejemplo, qué contradicciones?
Porque la ley federal de delitos ambientales establece los techos por encima de los cuales se transforma en delito el volcado muy puntual de determinadas sustancias. Está diciendo que, si una empresa vuelca eso en el agua y se convierte en un residuo y ese nivel está por encima de lo que prevé la ley, es un delito ambiental. Y dice la experiencia de otros países, no de Argentina pero sí en el extranjero, que las sustancias químicas que se usan para producir las explosiones, y que las empresas no declaran porque suelen ser secretos industriales, ponen el nivel de contaminación de las napas del subsuelo por encima de la ley. Quiero decir que es así si comparo los niveles de contaminación que hay en lugares de explotaciones de gas de esquisto, como Canadá o Estados Unidos, con los índices de la Ley 24.051.  Y esa ley tiene el decreto reglamentario 831, que es muy específico, fija en microgramos los niveles de contaminación. Si comparo los resultados que conozco de otros lados con nuestra ley, no tengo dudas de que va a haber delitos ambientales.
Claro que no puedo prejuzgar porque la explotación todavía no la tengo, pero serían delitos federales. Por eso, acá juegan un rol muy importante el fiscal federal y el juez federal.
Entonces, si no hay un compromiso social de la comunidad, estas empresas con tremendo poder económico, que tienen como aliado al poder político, difícilmente van a poder progresar con el cuidado del ambiente.

¿Esa presunción parte de su experiencia en derecho ambiental?
No, yo no me especialicé en derecho ambiental, sino en delitos ambientales. El derecho ambiental es una materia muy amplia y, sin pretender deslindarme, creo que en el derecho ambiental no se estudian los delitos ambientales. Nuestras universidades no enseñan los delitos ambientales y las carreras de especialización tampoco. Es una de las grandes falencias que tenemos los argentinos.

Por lo que dice, se nota  una visión escéptica sobre el funcionamiento judicial.
Yo, en realidad, tengo una visión escéptica de todo lo que es administración de la justicia en mi país. Y no la tengo desde el rol común del ciudadano, sino porque estoy del otro lado del mostrador y conozco hechos de corrupción muy concretos, que no son investigados o trabajados de la manera que merecerían. No creo en la administración de justicia. Deja mucho que desear. Por eso, convoco a la sociedad de manera permanente en la militancia social para ponerse detrás de esos casos emblemáticos que generan corrupción.  Es simple. Cuando tenés la balanza de administración de justicia y en un platito se sientan el poder económico y el poder político, la única manera de contrabalancearlo es con la militancia social y algún fiscal que se quiera sentar del otro lado. Es la única manera.

Teniendo en cuenta esta visión sobre la rol de la sociedad, ¿tiene expectativas de que en Neuquén se genere algo similar a lo que ocurrió con La Alumbrera?
Creo que sí, en la medida en que el problema se visibilice en función del daño concreto que se hace. Un ejemplo chiquito: en Neuquén, es tremenda la gravedad de las condiciones en las que viven en  el barrio Confluencia, cerca de donde se forma el río Negro, porque se tiran líquidos cloacales crudos. Si yo fuera un militante social o un funcionario público, no sólo iría a tomar muestras del río sino de los efectos en la salud de esa contaminación por agrotóxicos o Escherichia Coli. Con eso, tenés elementos suficientes para abrir una causa penal.

Delitos de lesa humanidad y contra el ambiente

Además de las causas ambientales, tuvo una participación destacada en los juicios a militares. ¿Qué balance hace de las condenas?
En causas por delitos de lesa humanidad, en Tucumán, en este momento tenemos casi 80 personas presas; buena parte en la cárcel común. Eso, para mí, fue todo un trabajo.
Y aprendí de esa experiencia dos cosas importantes. Primero, la importancia que tiene la sociedad organizada, como el caso de Madres o HIJOS, para impulsar estas causas y presentarse como querellantes.
Si ellos no fueran querellantes, nosotros difícilmente podríamos haber avanzado de la manera que lo hicimos en todas estas causas. Esa es la primera enseñanza fundamental.
La segunda es cómo los delitos ambientales son también delitos de lesa humanidad. Eso tiene que ver con lo que se llama el acceso a la jurisdicción universal. Por ejemplo, Xstrata Copper es una de las dueñas de la minera La Alumbrera y es una empresa suiza.
En Argentina, las causas penales ambientales llevan más de 12 años y no estamos avanzando más allá de algún procesamiento del presidente de la empresa. Entonces, yo podría recurrir en Suiza para proteger el ambiente que tengo en Argentina. Ese es el concepto de la jurisdicción universal.

Entonces, ¿las causas ambientales y las de lesa humanidad son una misma cosa?
Son indivisibles. Porque, en esencia, los fiscales tenemos tres funciones: representar el interés público, defender a las víctimas de los delitos y revelarle a la sociedad la realidad de los hechos.

DIARIO LA MAÑANA – NEUQUÉN

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