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Expropiaciones: quieren que el Fiscal de Estado también acuse en los procesos de remoción de jueces

El anteproyecto de ley prevé la creación de una figura, similar a la del querellante, que pueda participar conjuntamente con el Fiscal General de la Corte en un proceso de destitución de un juez. Será el Fiscal de Estado quien ocupe el lugar de acusador, en los casos donde el patrimonio provincial este en juego, como en el de las expropiaciones fraudulentas.
Por Gastón Sugo-DIARIO DE CUYO

En los próximos días, y para que sea tratado en la extensión de las sesiones ordinarias de Diputados, el Ejecutivo enviará un proyecto de ley por el cual se modificará la ley del Jurado de Enjuiciamiento, creando la figura del acusador particular.

Concretamente la iniciativa prevé, la creación de lo que para el derecho procesal Penal es el abogado querellante. Este último es quien presenta la denuncia contra un magistrado o patrocina a quien promueve dicha denuncia. El proyecto, que esta siendo elaborado, estipula que el “acusador particular” puede alegar, actuar, preguntar y producir prueba en paralelo lo que solicite Fiscal.

Según relataron a Diario de Cuyo Online fuentes oficiales “la denuncia en el proceso de juicio a los magistrados es una acción pública. Siendo ello así y haciendo un paralelismo con el derecho procesal penal, existe la figura del querellante particular quien ayuda y participa en la investigación que realiza el Fiscal”, argumentaron.

Pero en los casos donde la denuncia contra un juez comprometa el erario público o las finanzas del Estado, el anteproyecto de ley estipula que será el propio Fiscal de Estado quien ocupe la figura de acusador particular.

Este último caso podría llegar a materializarse a la brevedad, teniendo en cuenta que se especula con la presentación de jurys de enjuiciamiento contra los jueces que han intervenido en los procesos de expropiaciones fraudulentas de los terrenos del Dique Cuesta de Viento, Canal Playas y Parque de Mayo. Cabe aclarar que ya se presentó, y se encuentra en trámite, el primer pedido de destitución, en la persona de la titular del Primer Juzgado Civil, Rosalba Marún.

Por último se aclara en el texto del escrito que, en los casos donde no exista coincidencia entre el Fiscal General de la Corte, o quien sea designado en su lugar, y el acusador particular a la hora acusar, se abrirá el proceso y será el jurado de enjuiciamiento quien determina si hubo o no delito. De esta manera el Fiscal General de la Corte pierde la potestad de archivar la causa si entiende que no hay pruebas para abrir el proceso, porque de igual manera deberá iniciarse el juicio.

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