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La muerte que conmocionó a Jáchal quedó sin condenado

La Corte absolvió al sujeto castigado por homicidio preterintencional, y mandó a investigar qué fue lo que pasó con ‘Sandunga’ Muñoz.Por Eduardo Manrique – Diario De Cuyo

Los ministros de la Corte de Justicia, Carlos Eduardo Balaguer, Adolfo Caballero y Juan Carlos Caballero Vidal, absolvieron por el beneficio de la duda y pusieron en libertad a Eduardo Roque ‘Lalo’ Maza, por considerar que no hay pruebas para sospechar que cometió el crimen preterintencional (figura atenuada de homicidio) de Miguel Mateo ‘Sandunga’ Muñoz (24). Es más, en su fallo los ministros dudan de que realmente hubiera existido algún delito pero igual mandaron a investigar el caso otra vez, dijeron fuentes judiciales.

La madrugada del 14 de agosto de 2011, Muñoz protagonizó un altercado con un hermano de Maza, Mario, en un baldío frente al barrio Pismanta I. Entonces Mario despertó a ‘Lalo’, y este se levantó a perseguir a ‘Sandunga’ hasta las cercanías de un canal, donde Muñoz cayó y murió. Su cadáver recién fue hallado 9 días después, pero justo el día anterior sus amigos y conocidos apedrearon y prendieron fuego al auto de un policía, a la propia seccional 21ra. y también en oficinas del municipio.

El 12 de agosto pasado, el juez Juan Carlos Peluc Noguera (Sala II, Cámara Penal) condenó a 5 años de cárcel a Maza tras adherir al planteo fiscal de que había cometido un homicidio preterintencional. Este ilícito -se explicó- se configuró porque Maza quiso provocar un daño en la salud de su contrincante, Muñoz, sin tener intención de matarlo, aunque su acción (los golpes) fue clave para el resultado letal de la contienda, por la violenta caída al canal. Muñoz murió ahogado.

Golpes en una pierna y el rostro con la ausencia de un diente, desgarro en la ropa y la pericia de un perro que siguió el olor de Muñoz hasta el canal pero no el de Maza, que lo ubicó hasta metros antes de ese conducto, fueron las pruebas valoradas por el juez Peluc Noguera para condenar.

Sin embargo los defensores de Maza, Adrián Riveros y Ricardo Pozo, insistieron en que no había ninguna prueba para sospechar que Maza alcanzó esa madrugada a Muñoz, más aún porque estaba descalzo, y menos de que lo hubiera golpeado. Criticaron también los indicios del hecho por prestarse múltiples interpretaciones y la ‘prueba de olor’, aunque igual destacaron que el rastro de su cliente fue localizado por el perro 30 metros antes del canal.

Por esas y otras razones pidieron revisar el fallo y el máximo tribunal de justicia local les dio la razón. ‘Habiendo analizado la totalidad de la prueba colectada, no subsiste (pese a la imaginada construcción fáctica y atípica del juzgador) ninguna probanza de cargo que autorice a indicar la autoría de Maza respecto del delito atribuido y persiste una duda razonable respecto de otro delito; comprobándose las gruesas fallas del resolutorio emitido (…) elaborando especulaciones merced a un material indiciario ínfimo, para arribar a una conclusión arbitraria’, afirma en su voto el ministro Balaguer.

‘Es un fallo acertado, porque tuvo en cuenta las pruebas aportadas en el proceso. La única que vinculaba mi cliente era esa suerte de pericial canina que no está establecida como medio válido de prueba en nuestra ley procesal’, dijo Riveros.

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