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Vuelve a sesionar el Senado con la mirada puesta en Boudou

 0010412484   El Senado buscará dar media sanción hoy al proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo paraproteger los activos de los bancos centrales extranjeros ante los tribunales argentinos. Se busca, así, frenar eventuales embargos.

Pero la atención en esta jornada estará concentrada en la decisión que finalmente tomará el kirchnerismo acerca de la presencia en el recinto del titular del Senado y vicepresidente de la Nación, Amado Boudou.
En los bloques opositores, que reclaman el apartamiento del funcionario de sus funciones o al menos que se tome licencia tras ser procesado en la causa Ciccone por cohecho, el FAP ya advirtió que en caso de que Boudou esté presente en la sesión, abandonará el recinto. Por su parte, la UCR le exigirá una respuesta al pedido de licencia que le elevó la semana pasada.
«Nosotros nos vamos a ir del recinto en repudio a la presencia de Boudou y sólo vamos a volver para votar el proyecto porque estamos de acuerdo con la medida; creemos que es una forma de que el Gobierno y el oficialismo paguen algún costo político por su capricho», anunció Luis Juez al diario La Nación.
En principio, se preveía que la sesión especial para discutir el proyecto comenzara a las 12 del mediodía. Pero antes la propuesta debe ser debatida en la Comisión de Economía. Allí acudirá a explicar los pormenores del texto el titular del Banco Central, Juan Carlos Fábrega. Ese encuentro estaba primero programado para las 10 de la mañana, pero luego fue postergado para las 12, por lo que la sesión general de la Cámara alta recién comenzará cuando termine esa reunión.
El proyecto a discutir por los senadores cuenta con el apoyo del oficialismo y de la oposición, por lo que se descuenta que recibirá dictamen y será aprobado por el cuerpo.Sin embargo, frente al conflicto por la presencia de Boudou, la sesión de hoy estará cargada de tensión y cruces.

En este marco, el jefe del bloque de senadores del Frente para la Victoria, Miguel Ángel Pichetto, ratificó la intención de debatir la iniciativa, a la que consideró «muy importante para el país» y remarcó que «el Senado tiene que dar una muestra de responsabilidad este jueves en la sesión y avanzar en la sanción al proyecto de ley».

Por el lado de la oposición, el senador jujeño Gerardo Morales (UCR) dijo que «este proyecto va en línea con la idea de establecer reglas claras con la inmunidad de las reservas de los Bancos Centrales extranjeros». «No estamos en contra de la iniciativa», insistió.

El primer artículo de la propuesta establece que los Bancos Centrales extranjeros u otras autoridades monetarias extranjeras son inmunes a la jurisdicción de los tribunales argentinos. No obstante, estarán exceptuados de esa protección en caso de consentimiento expreso a través de un tratado, contrato, acuerdo de arbitraje o mediante una declaración escrita posterior al inicio de una controversia judicial; por reconvención basada en la misma relación jurídica o cuando la demanda haga eje en una actividad ajena a sus funciones.

El segundo artículo de la norma subraya que «los activos de un Banco Central Extranjero o una autoridad monetaria extranjera que sean utilizados para el normal desenvolvimiento de las actividades estaduales relativas a la ejecución de la política monetaria, gozan de inmunidad de jurisdicción» ante la Justicia argentina respecto de cualquier medida coercitiva que pudiera afectarlos.

La inmunidad mencionada en el artículo 2 «será aplicable en la misma medida en que los activos del Banco Central de la República Argentina gocen de inmunidad conforme la legislación del país al cual pertenece el Banco Central extranjero de que se trate». Asimismo, se establece que las disposiciones de esta Ley serán instrumentadas a través de la suscripción de convenios bilaterales con las respectivas autoridades monetarias extranjeras.

Entre los fundamentos, se menciona «la experiencia del propio Banco Central de la República Argentina que en los últimos años se vio expuesto a desafíos judiciales en tribunales de diversas jurisdicciones».

En otro párrafo se menciona que «la inmunidad soberana se presenta como un mecanismo de defensa que posee un Estado frente a cualquier acción legal interpuesta en su contra ante los tribunales de otro estado, de tal modo que los tribunales de un país no puedan juzgar a otro Estado.

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