La UNOPS concluyó con respecto al derrame de VELADERO lo siguiente:
» pueden advertirse impactos asociados al incidente ambiental en las Zonas 0 y 1 (es decir, las más cercanas al punto de descarga), mientras que en las restantes zonas, sobre la base de las determinaciones analíticas en muestras de agua y sedimentos y los estudios limnológicos, no se han constatado evidencias de anomalías asociadas al incidente ambiental’.
‘Asimismo y en base a las determinaciones analíticas realizadas sobre las muestras de agua extraídas, puede concluirse que el incidente ambiental no ha tenido consecuencias sobre las captaciones de agua correspondientes a las localidades de El Chinguillo, Malimán y Angualasto cuyas fuentes corresponden a ambientes geomorfológicos diferentes al río Blanco, ni tampoco se han constatado evidencias de anomalías sobre punto alguno situado aguas abajo de dichas poblaciones.’
‘Los impactos identificados en las Zonas O y 1, son de naturaleza física, asociados a la presencia de una significativa cantidad de sedimentos movilizados por el derrame en la Zona O y de naturaleza química en cuanto a la presencia de trazas de cianuro y sus productos de degradación y también por la presencia do metales totales y disueltos «