En un economía inflacionaria, en la que todo aumenta, las tasas de interés; el tipo de cambio; los impuestos; y los costos en general para las empresas y trabajadores, hubo al menos uno que comenzó a disminuir: el seguro de los accidentes laborales, aunque limitado a quienes adhirieron a la nueva normativa que ya tiene poco más de dos años, porque exige implementar más y mejores medidas preventivas por parte de los empleadores.
Un informe de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), con datos definitivos de 2018, dio cuenta de que la maduración del sistema que lleva 22 años de vigencia, pero que adquirió impulso y, sobre todo, eficiencia desde la reglamentación de la Ley 27.348, en febrero de 2017, redundó en la baja promedio de las alícuotas de los seguros desde un promedio de 3,52% en 2016 a 2,78% ahora de la masa salarial; por la consecuente caída del 39,6% en la litigiosidad.
En términos monetarios, esos avances determinaron un ahorro estimado para el conjunto de los poco más de un millón de empleadores con trabajadores registrados un ahorro de $25.000 millones, esto es unos $25.000 promedio por año.
«Las provincias que ya adhirieron a la Ley 27.348 mostraron una tendencia sostenida en la reducción de la cantidad de juicios iniciados y de las alícuotas pagadas por el promedio de las actividades. La Ciudad Autónoma de Buenos Aires 63,2% y 2,16%; provincia de Buenos Aires 60,9% y 3,32%; Mendoza 59,3% y 3,37%; y Córdoba 33,5% y 3,42%, fueron las que mostraron los índices más destacados», resalta de la SRT.
Las provincias que ya adhirieron a la Ley 27.348 mostraron una tendencia sostenida en la reducción de la cantidad de juicios iniciados y de las alícuotas pagadas por el promedio de las actividades
En contraposición, en Santa Fe, la litigiosidad siguió en tendencia alcista, subió 19,4%, y por tanto se encuentra entre las que más alto es el costo de cobertura del riesgo de accidente del trabajo, con una alícuota promedio de 4,06 por ciento.
En conjunto, las cinco provincias concentran el 93% de la litigiosidad total del sistema y el 77% de la siniestralidad.
Otro dato destacado del estudio es que disminuyó la cantidad de juicios en todas las actividades económicas. Los casos más relevantes se notaron en la de transporte 46,3; construcción 45,5%; y manufacturas 45,3 por ciento.
La cantidad de juicios de acuerdo al tamaño de empresa también registró bajas superiores al 40% en la mayoría de los casos, con un promedio de 49% en las que tienen una nómina de entre 1.501 y 2.000 empleados.
La cantidad de juicios de acuerdo al tamaño de empresa también registró bajas superiores al 40% en la mayoría de los casos, con un promedio de 49% en las que tienen una nómina de entre 1.501 y 2.000 empleados
El informe revela que además del descenso del 39,6% en la cantidad de juicios iniciados en 2018 por los trabajadores de unidades productivas respecto a 2017, se registró una disminución en los iniciados por trabajadores de casas particulares.
Inquieta el elevado número de juicios pendientes
La Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo comparte esos logros del sistema, pero resalta en su último informe trimestral: «el afianzamiento de dicha baja está condicionado a la puesta en funcionamiento de los Cuerpos Médicos Forenses en el ámbito de la Justicia. Estos resultados tienen una significativa importancia social y económica. Propician la generación de más y mejores empleos en nuestro país. El trabajo coordinado de empresas, sindicatos, Estado y ART fue determinante para estar donde estamos», dijo Mara Bettiol, presidente de la entidad.
Recuerda la UART que la nueva Ley de Riesgos del Trabajo 27.348, complementaria de la anterior con la incorporación del requisito del paso por una Comisión Médica del sistema, como instancia previa al inicio de la acción judicial, con patrocinio letrado gratuito para el trabajador.
La nueva Ley de Riesgos del Trabajo 27.348 estableció las Comisiones Médicas; incluyó un Baremo de incapacidades; desancló los honorarios de los cuerpos periciales y constituyó los Cuerpos Médicos Forenses
Además, incluyó al Baremo de Incapacidades como instrumento obligatorio para cuantificar daños, al que tanto la instancia administrativa como la Justicia deben tomar como parámetro. Y previó la constitución de los Cuerpos Médicos Forenses (CMF) o Cuerpos Periciales para dar orden al desequilibrio generado por los peritajes judiciales.
Además, determinó desanclar el honorario de los peritos del resultado del juicio (evitando el a mayor porcentaje del peritaje mayor honorario) y que los peritos fueran profesionales especializados y seleccionados por concurso.
Sin embargo, Mara Bettiol destaca: «si bien ya se adhirieron 12 provincias a la Ley y se verifica un importante descenso de las demandas como así también fallos judiciales favorables a aspectos críticos de la Reforma (tanto en CABA, como en provincia de Buenos Aires, Mendoza y Córdoba) resta constituir los Cuerpos Periciales o Cuerpos Médicos Forenses en el ámbito de la justicia de cada una de las jurisdicciones. Es imperiosa su constitución para resolver, conforme a la nueva normativa, esa mochila judicial pendiente como así también el flujo de nuevos juicios que se van presentando».
Inquieta a la UART la demora en constituir los Cuerpos Periciales o Cuerpos Médicos Forenses en el ámbito de la justicia de cada una de las jurisdicciones de todo el país
Según los datos actualizados de la SRT a fines de diciembre de 2019 se registraban 344.274 juicios iniciados desde 2010 sin sentencia de primera instancia; y en el último año, sobre un total de 74.831 litigios notificados sólo tuvieron sentencia el 10 por ciento.
fuente INFOBAE