A través de la resolución 139/2019, publicada en el Boletín Oficial, se anunció el ajuste del 10,74% para el mes entrante. De esta forma el haber mínimo garantizado vigente a partir de junio será de $11.528, mientras que el máximo alcanzará los $84.459.
Las bases imponibles mínimas y máximas previstas quedan establecidas en $4.009 y $130.321.
En función de la fórmula de ajuste trimestral establecida en la Ley 27.426 del 18 de diciembre 2017, se estima que para septiembre el aumento sería de 10,91% alcanzando el 22,8% previo a la contienda electoral.
Los valores asignados surgen de la fórmula de movilidad, que se compone en 70% por la variación del Índice de Precios al Consumidor elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) y 30% por el coeficiente que surja de la variación de la Remuneración Imponible para el Trabajador Estable (RIPTE), se aplicará trimestralmente proximamente en junio, septiembre y diciembre.
Para el aumento previsto que comenzará a regir en los próximos días se tomaron en cuenta los datos correspondientes de octubre a diciembre de 2018. Mientras que para septiembre se contemplará los de enero a marzo de 2019.
En lo que respecta al importe de la Prestación Básica Universal (PBU) y de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) será de $5.446 y $9.222 respectivamente.
fuente INFOBAE