Uno de los cursos fue el de organizador de eventos. También realizó un taller sobre filosofía, entre otros aprendizajes. La decisión le permitirá a Boudou acceder al beneficio de salidas transitorias, que se otorga a cualquier condenado al llegar a la mitad de la pena.
La defensa, a cargo de los abogados Alejandro Rúa y Graciana Peñafort, solicitó que se le reconocieran cursos de distinta índole y se le aplicara una reducción de 20 meses, el máximo que establece la norma. La Fiscalía, a cargo de la fiscal Guillermina García Padín, estuvo de acuerdo en habilitar el reconocimiento por estímulo educativo. Pero aseguró que solo debían bajársele seis meses porque no todos los cursos o carreras debían ser incluidos.
El juez Obligado se inclinó en contabilizar 10 meses para la reducción por el estímulo educativo. La Justicia ya había resuelto, además, reconocer los dos meses y medio que pasó tras las rejas entre noviembre de 2017 y enero de 2018, cuando el juez Ariel Lijo había dispuesto su prisión preventiva por otra causa vinculada a una asociación ilícita y lavado de dinero que todavía sigue activa.
Con el reconocimiento de estos diez meses, Boudou ya estaría cumpliendo la mitad de su condena, lo que lo habilita para pedir salidas transitorias. Y así reforzar los argumentos para que no vuelva a prisión. Al cumplir los dos tercios, Boudou podrá pedir la libertad condicional. Ese plazo iba a cumplirse a junio de 2022, pero ahora esta resolución también adelanta la cuenta para los dos tercios. La condena, no obstante, quedará definitivamente cumplida el 1 de junio de 2024. El ex vicepresidente fue sentenciado a 5 años y diez meses de prisión por negociaciones incompatibles con la función pública y cohecho. El día del veredicto quedó detenido. La Justicia entendió que, siendo ministro de Economía, hizo gestiones para favorecer a la firma The Old Fund y que ésta pudiera quedarse con la imprenta Ciccone, que estaba al borde de la quiebra.
La situación de Boudou agitó las arenas de políticas cuando a principios de diciembre la Corte Suprema de Justicia resolvió rechazar la apelación presentada por la defensa de Boudou a la condena dictada en su contra el 7 de agosto de 2018 y ratificada por la Cámara Federal de Casación Penal en julio de 2019. El fallo de la Corte se dictó a través del llamado recurso “280”, una herramienta que tiene el máximo tribunal para dejar válida la resolución apelada sin dar fundementos. Esa decisión fue criticada con dureza por el presidente Alberto Fernández. Mientras tanto, el kirchnerismo más duro salió a movilizarse por los llamados “presos políticos” e insistir en la figura de “lawfare”. Distintas voces reclamaron un indulto, y fue el propio jefe de Estado el que deslizó que, para procesados, solo sería válida una ley de amnistía.
Boudou se encuentra en arresto domiciliario desde abril del año pasado, cuando -en medio de la pandemia- el juez Obligado hizo lugar al pedido de la defensa para permitir que el ex vicepresidente siguiera su detención en su vivienda. Lo hizo subrayando que la condena no estaba firme y teniendo en cuenta las complicaciones derivadas del coronavirus que impedían a su esposa tener ayuda con la crianza de sus dos pequeños hijos -mellizos de dos años-.
Pero el fallo de la Corte Suprema hizo caer la falta de firmeza del fallo. La fiscalía pidió entonces que Boudou volviera a la cárcel a cumplir lo que restaba de su condena. Su defensa pidió mantener la prisión domicilia para priorizar el bienestar de los menores. El juez Obligado decidió en la noche del 30 de diciembre, último día hábil del 2020, que el ex vicepresidente regresara a la cárcel, aunque solo cuando su decisión quedara firme, es decir, sin margen de apelaciones. Esa apelación ya fue presentada por la defensa. Ahora la Sala IV de la Cámara de Casación -compuesta por los jueces Mariano Borinsky, Ángela Ledesma y Javier Carbajo- deberá analizar la cuestión.
En ese contexto, es que aparece ahora la resolución que beneficia la situación de Boudou a la hora de contabilizar el tiempo que le resta para cumplir su pena. La decisión fue tomada por el juez Obligado que, desde hoy, ya no cumple funciones como juez de ejecución en el TOF 4. Ahora, el control de la condena de Boudou y el resto de los sentenciados en el caso de Ciccone quedó en manos del juez Ricardo Basílico.
Qué cursos tomó Boudou durante su detención
Según la documentación a la que accedió Infobae y que envió el Servicio Penitenciario Federal, Boudou hizo un curso de “programador de sistema de base de datos de computadoras personales, desde el 30/07/18 hasta el 26/10/2018, con una carga de ciento ochenta (180) horas de duración”. Un detalle: Boudou quedó detenido el 7 de agosto de 2018, el mismo día en que el Tribunal Oral Federal 4 dictó su condena, por lo que -según la resolución- se le estarían dando por cumplido un curso que ya se había iniciado al momento de su arribo a prisión.
No fue el único curso que hizo Boudou: también aprendió la tarea de “Montador Electricista, con una carga horaria de ciento cincuenta (150) horas de duración, con fecha de inicio 04 de marzo del 2019 y fecha de egreso 03 de mayo del 2019” y la de “electricista instalador, con una carga horaria de cuatrocientas cincuenta (450) horas de duración, con fecha inicio el 06 de mayo del 2019 y fecha de egreso 11 de octubre 2019”. La fiscalía se oponía a que se contabilizaran los cursos por separado porque entendía que formaba parte de un mismo rubro, pero el juez lo dio por válido por la carga horaria y porque el SPF los diferencia.
Además, el ex vicepresidente tomó un curso “práctico en Organización de Eventos, con una carga horaria de ciento cincuenta (150) horas de duración, con fecha de inicio 08 de octubre del 2019 y fecha de egreso 13 de diciembre del 2019”. Todos estos cursos estuvieron a cargo del Centro de Formación Profesional Nº 401.
Boudou también concurrió a un “Taller de Filosofía”, que se dictó en la cárcel de Ezeiza en septiembre de 2019 y en marzo de 2020 -primero en el complejo 1 de manera presencial y luego virtualmente en la Unidad 31, a donde había sido derivado en los últimos tiempos de su estadía tras las rejas-. Los fiscales se opusieron a que este curso se tomara en consideración porque no había sido completado pero Obligado afirmó: “como he sostenido en su momento, corresponde remarcar la importancia de la educación en el sistema carcelario, y es por ello que considero oportuno asimilar el referido Taller de Filosofía a un curso de formación profesional, ponderando la importancia para el desarrollo personal” del detenido. Por este curso se lo contabilizó como un mes cumplido de su condena.
El juez le contabilizó otro mes por la Diplomatura Superior “Desigualdades y Políticas Públicas Distributivas” dictada por la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO). Se trata de un curso anual de 280 horas. Boudou aprobó los trabajos prácticos, pero debe el final y otro material sobre “Desigualdad y pobreza”, pero tiene tiempo hasta marzo para entregarlos. “Lo cierto es que si bien a la fecha no hay constancia de la aprobación de los trabajos presentados por el nombrado, lo que en su caso terminaría importando la posible aplicación del inc. ‘g’ del art. 140 de la ley 24.660, el hecho de haberlos presentado en tiempo y forma es suficiente para tener por acreditado el cumplimiento del ciclo lectivo correspondiente a la Diplomatura, por lo que corresponde, según lo dispuesto en el inc. ‘a’ del mencionado cuerpo legal, reducir en un (1) mes los plazos para el avance del nombrado dentro de la Progresividad del Régimen”.
Uno de los puntos de debate en esta resolución era si debía contabilizarse a su favor los cursos que Boudou hizo cumpliendo detención en su domicilio. “Si bien en este caso en particular Amado Boudou no se encuentra institucionalizado, ello no significa que la finalidad resocializadora de la ejecución de la pena haya cesado una vez obtenida la prisión domiciliaria -sostuvo la resolución-. Si bien Boudou ha llevado adelante el curso de la Diplomatura detenido en su domicilio, cierto es que dicho estudio de posgrado es un estudio de Educación Superior, actividad educativa que se inscribe en aquellas denominadas ‘formales’, llevado a cabo por la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y que cuenta con amplia certificación y fiscalización por parte de las distintas entidades administrativas estatales de regulación” de la ley de Educación.
Boudou está estudiando, además, la licenciatura en Historia de la Universidad Nacional de Avellaneda (UNA) y el Doctorado en Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires (UBA), pero -en sintonía con la fiscalía- el juez coincidió que esas materias no alcanzaban para ser contabilizados en la reducción de la condena.