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Portada » Sobre la hora y tras presión opositora, Anses apeló el fallo que le permite a Cristina cobrar 2 pensiones
ARGENTINA CORRUPCIÓN FPV

Sobre la hora y tras presión opositora, Anses apeló el fallo que le permite a Cristina cobrar 2 pensiones

4 febrero, 2021
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Elegida por el voto popular
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En el último día que tenía habilitado para presentar la apelación, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) que conduce la camporista Fernanda Raverta apeló este jueves (4/2) el fallo de la Justicia de Seguridad Social que favoreció a la vicepresidenta, Cristina Fernández, en el cobro de una doble pensión por haber sido presidenta y como viuda del ex mandatario Néstor Kirchner.

Se trata del fallo que dictó el juez Ezequiel Pérez Nami, que ahora deberá ser evaluado por la Cámara de Seguridad Social.

La apelación se produce tras la presión de organizaciones civiles y un pedido de las diputadas de Juntos por el Cambio Graciela Ocaña y Marcela Campagnoli al organismo.

El fallo de Pérez Nami permite, por ahora, que la actual presidenta del Senado cobre la pensión por haber estado al frente del Poder Ejecutivo y por ser la viuda de un ex mandatario: este último beneficio incluso con intereses retroactivos por más de 100 millones de pesos y sin pagar impuesto a las ganancias.

En 2017 Cristina Kirchner había llevado el tema a la Justicia con un planteo de nulidad de la resolución administrativa dictada por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, que lideraba Carolina Stanley, contra el cobro en simultáneo de las dos pensiones.

La entonces líder de Unidad Ciudadana reclamaba la inmediata devolución en base a una acordada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de 1996 y jurisprudencia que invocó.

Además, en su presentación Cristina Kirchner argumentó que el tema se trataba de «un beneficio no contributivo especial, otorgado en reconocimiento del mérito y del honor de quienes ejercieron esos cargos y que es incompatible con el goce de toda otra jubilación, pensión, retiro o prestación, pero del régimen ordinario».

En su fallo, el juez advirtió que antes de dictar el acto administrativo no se notificó previamente a la persona involucrada, es decir a la actual vicepresidenta.

«En mi convicción y en un todo de acuerdo con lo dictaminado por el representante del Ministerio Público, la Administración Pública nunca puede dejar de cumplir con las obligaciones constitucionales y legales referidas que legislan el marco de su actuación. En razón de ello cabe concluir que no hay motivo alguno que permita justificar la actitud del Ministerio de Desarrollo Social de obviar las pautas normativas que exigen el cumplimiento del debido proceso», falló el magistrado.

argentina justicia ladrona Porota Unidad Ciudadana
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