La jueza de Cristina que estaba atrincherada en su cargo. La camarista cesó en su cargo el 9 de agosto, decidió el tribunal este miércoles.
Terminó el tiempo de Ana Figueroa
La Corte Suprema ordenó este miércoles que Ana María Figueroa, la jueza de la Cámara de la Cámara de Casasión que se negaba a dejar su cargo a pesar de que cumplió el mes pasado la edad jubilatoria, cesó en sus funciones como jueza federal. Así lo decidió la Corte por unanimidad, y se lo comunicó al Consejo de la Magistratura de la Nación y a la Cámara Federal de Casación Penal.
En una acordada, la Corte resolvió con la firma de sus cuatro integrantes –Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti- «el cese en las funciones de la Dra. Ana María Figueroa, ex jueza de la Cámara Federal de Casación Penal».
«Para así disponerlo, los Ministros tuvieron en cuenta que el pasado 9 de agosto la Dra. Figueroa había cumplido los 75 años de edad, límite etario que fija la Constitución Nacional para el cese en las funciones de los jueces (art. 99 inciso 4), y que no ha obtenido un nuevo acuerdo del Senado para poder mantenerse en su cargo», agregaron. Se trata de una medida sin precedentes lo que demuestra cómo molestó el escándalo de Figueroa en la Corte.
No se pudo hacer la jugada ce Cristina para retener a Figueroa
La Corte se basó en un informe de la misma Cámara de Casación Penal que el mes pasado había informado la situación de Figueroa y suponía que la jueza «habría cesado» en sus funciones por cumplir 75 años y no tener aún un acuerdo del Senado para seguir por 5 años más.
Así el máximo tribunal dejó sin posibilidad de concretarse una jugada para que la jueza solicitara una licencia extraordinaria de 30 días para que Cristina Kirchner intentara en ese lapso, por tercera vez, conseguir quórum en el Senado para prorrogar su mandato por cinco años más.
Mientras crecía el escándalo de una jueza que cumplió 75 años, seguía atrincherada en su cargo y cobraba 3,7 millones de pesos por mes de sueldo sin pagar el impuesto a las Ganancias.
La jueza decía que podía seguir en funciones porque su nuevo pliego había entrado en el Senado y había sido aprobado por la comisión de Acuerdos -que controla el kirchenismo- aunque nunca hubo quórum para tratarlo en el plenario. Incluso, Cristina Kirchner habría dado órdenes para no tratar leyes como la de alquileres hasta que se aprobara el pliego de Figueroa. La Corte dijo ahora que no hay «plazo de gracia» que valga para lo que dice el artículo 99 de la Constitución y el fallo Schiffrin.
Ayer, hubo un duro plenario de la Cámara de Casación -el máximo tribunal penal del país- y solo el juez y miembro de Justicia Legítima, Alejandro Slokar, defendió la situación de la jueza. El plenario iba a seguir hoy pero la drástica decisión de la Corte lo dejó sin sentido.
Figueroa es clave para Cristina porque tenía que votar si se reabrían los juicios orales por Hotesur y el pacto con Irán.
Mientras, el kirchnerismo bloqueaba en el Consejo de la Magistratura la convocatoria a la comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial para dar por cesada a Figueroa y poner en marcha el proceso de un concurso para reemplazarla. El presidente del Colegio Público de Abogados, Ricardo Gil Lavedra le pidió hoy a los representantes de los abogados en el ese organismo, Jimena De la Torre, Mariano Recalde, MIguel Piedecasas y María Vázquez que den inicio al concurso para la vacante de Figueroa. .
Polémica situación que no logró salvar a la jueza
Además, su polémica situación le había costado la apertura de varios juicios penales, el último presentado por el diputado de Juntos por el Cambio Fernando Caravajal, mientras su bloque presentó un proyecto de ley para reglamentar el artículo 99 de la Constitución que señala que los jueces se jubilan a los 75 años a menos de que tengan un nuevo mandato por 5 años dado por el Senado.
En su acordada, la Corte recordó que el 8 de agosto Casación le informó sobre el “estado parlamentario del Expte. PE 59/23 ´Solicita Acuerdo para designar Vocal de la Cámara Federal de Casación Penal a la Dra. Ana María Figueroa´” e indicó que “hasta tanto no le den el Acuerdo, firmará el Vicepresidente 1ero (…) las cuestiones relativas a la Presidencia”. Esto porque Figueroa seguía yendo a su oficina pero sin firmar fallos y había dejado la presidencia de hecho a Mariano Borinsky.
La Corte recordó que Casación advirtió que “de acuerdo con lo previsto en el artículo 99 inciso 4° tercer párrafo de la Constitución Nacional y con lo resuelto por esta Corte en el caso “Schiffrin, Leopoldo” (Fallos: 340:257) la situación de la Dra. Figueroa “podría devenir en el cese de sus funciones””.
Seguidamente, la acordada recordó que luego de la reforma de 1994, “el artículo 99 inciso 4° tercer párrafo de la Constitución Nacional —cuya plena vigencia fue restablecida por la mayoría de este Tribunal en el precedente “Schiffrin” y cuya validez no está en discusión en estas actuaciones— dispone que “un nuevo nombramiento, precedido de igual acuerdo, será necesario para mantener en el cargo a cualquiera de esos magistrados, una vez que cumplan la edad de setenta y cinco años”.
“Todos los nombramientos de magistrados cuya edad sea la indicada o mayor se harán por cinco años, y podrán ser repetidos indefinidamente, por el mismo trámite”, indicó el fallo Schiffrin.
El texto constitucional que invoca la Corte, sobre Ana Figueroa
La Corte subrayó que “el texto de la norma constitucional establece que un juez mantiene su investidura hasta cumplir los setenta y cinco (75) años, salvo que obtenga un nuevo nombramiento con el correspondiente acuerdo del Senado”.
Seguidamente, señaló que el fallo no “prevee la norma plazo de gracia alguno, el nombramiento debe ser anterior al día en que el magistrado alcance la edad referida; de lo contrario, no habría límite temporal para la realización de ese nuevo nombramiento, con la absurda consecuencia de que el límite etario se tornaría inoperante”.
Definitivamente Figueroa perdió su investidura
Señaló que este Tribunal “es competente para producir aquellos actos de gobierno que, como cabeza de poder y órgano supremo de la organización judicial argentina, fuesen necesarios para garantizar la investidura de los jueces, incluido el juicio sobre la existencia de dicha investidura, en la medida en que ella ineludiblemente lo requiera” (Fallos: 306:72; 313:330, 1038, 1232; 319:339; Acordada 4/2018, punto XII de la decisión de la mayoría y arg. punto VIII de la disidencia; entre otros)”.
Entonces, en “ejercicio de esa potestad el Tribunal ha evaluado, por ejemplo, ante la puesta en conocimiento efectuada por diversas cámaras del país, si las designaciones de jueces subrogantes en distintos fueros de la justicia federal se ajustaban a las pautas fijadas en el precedente “Uriarte” (Fallos: 338:1216) para considerar constitucionalmente válida la investidura que se pretendía y, sobre la base de ese análisis, invalidó aquellos nombramientos que no las cumplían (Res. 1219/2016; 2675/2016; 2690/2016; entre otras)”.
De acuerdo «con todo lo anterior, la Dra. Figueroa ha perdido la investidura judicial el 9 de agosto pasado, día en que cumplió setenta y cinco (75) años de edad sin haber obtenido un nuevo nombramiento con el correspondiente acuerdo del Senado», finalizó la Corte.
CLARÍN