Una ONG consideró que el ministro de Economía había violado una norma que le impide hacer anuncios
La jueza electoral nacional, María Servini, rechazó un pedido para que se le ordene al gobierno nacional que hasta el balotaje presidencial se abstenga de otorgar fondos públicos que puedan inducir a captar el voto de los ciudadanos. Lo hizo en una denuncia que presentó la ONG “Bases Repúblicas” contra Sergio Massa, ministro de Economía y candidato presidencial de Unión por la Patria, por una anunció que hizo la semana pasada.
Valeria Viola, presidenta de la ONG, y su vicepresidente, Pablo Nocetti, ex funcionario de Patricia Bullrich en el ministerio de Seguridad, denunciaron que Massa y la titular de la ANSES, Fernanda Raverta, anunciaron una ampliación de línea de créditos para jubilados, pensionados y trabajadores en relación de dependencia a partir de hoy.
“Bases Republicanas” denunció que el anunció viola el Código Nacional Electoral que prohíbe 25 días de las elecciones hacer publicidad con actos de gobierno que tiendan a captar el voto. Esa prohibición rige desde el 25 de octubre. También los denunció por el delito de abuso de autoridad y violación de los deberes de los funcionarios públicos. “Estando prevista la elección presidencial de segunda vuelta para el 19 de noviembre de 2023, claramente el anuncio mencionado fue formulado dentro del plazo de veda electoral al respecto, pues tiende necesariamente a captar voluntades en favor de quien lo formula”, sostuvo la entidad.
Así, pidió en su presentación que se dicte una medida cautelar en la que se le ordene al presidente de la Nación, Alberto Fernández, a Masa como ministro de Economía, a Raverta como titular de la Anses y al jefe de Gabinete de Ministros, Agustín Rossi -candidato a vicepresidente- que “se abstengan de disponer de fondos para el otorgamiento de créditos o cualquier otra erogación vinculada al anuncio efectuado el 1 de noviembre de 2023, ya que podría estar dirigida al condicionamiento de los electores en las elecciones del próximo 19 de noviembre de 2023; ello hasta que se realicen dichos comicios”.
Programa preexistente de ANSES
En la causa se presentó el Ministerio de Economía de la Nación que pidió el cierre de la denuncia. Los abogados explicaron que el anuncio de los créditos corresponde a un programa preexistente y que forma parte de un cronograma. “Su objeto no es promover o desincentivar la captación de sufragio a favor de ninguno de los candidatos, sino la de cumplir los objetivos de un programa de estado que tiene en la actualidad prestaciones a favor de las personas destinatarias del mismo que aún se encuentran pendientes de cumplimiento”, señalaron.
La jueza Servini rechazó el pedido de medida cautelar para suspender la línea de crédito. La magistrada explicó que lo que se pretende en la medida cautelar es similar al fondo de la causa y que todo corresponderá a un análisis posterior. Para eso le pidió al fiscal electoral nacional, Ramiro González, que avance con la causa.
Es lo resuelto por el poder ejecutivo
“Es el Sr. Procurador Fiscal Electoral quien debe llevar a cabo las medidas necesarias para determinar la concreción o no del hecho, la concesión de una medida preventiva como la requerida, siempre puede implicar penetrar en la concreta ponderación del meollo denunciado, aspecto que debe ser materia de juzgamiento en oportunidad de emitir la sentencia de mérito que habrá de dirimir la investigación, pudiendo –de lo contrario- incurrir en prejuzgamiento”, sostuvo Servini.
En su resolución a la que accedió Infobae, la jueza sostuvo que el anuncio sobre los créditos de ANSES “sería una ampliación de lo ya resuelto por el Poder Ejecutivo Nacional en su Decreto 674/21 dirigido a titulares de jubilaciones y pensiones como así también a trabajadores en relación de dependencia, por lo que podría resultar atendible el argumento esgrimido por el Representante del Ministerio de Economía de la Nación en cuanto a que la decisión adoptada y que fuera objeto de la controversia no se trataría de una medida intempestiva sino de una política de Estado”.
Servini recordó que hubo otros casos en los que se le ordenó al Estado Nacional suspender planes porque podrían tener la intención de buscar votos. Ocurrió durante el gobierno de Mauricio Macri con anuncios del Ministerio de Trabajo o en 2021 para las elecciones legislativos con bonos del Ministerio de Cultura. Pero la jueza aclaró que “hay que considerar cada caso en particular ya que el dictado de una medida cautelar tiene como fin tender a impedir que el derecho cuyo reconocimiento se pretender obtener pierda su eficacia entre el tiempo que transcurra desde el inicio del proceso hasta el dictado de la sentencia definitiva”.
INFOBAE