La Dirección de Educación Privada de la Provincia de San Juan ha registrado la normativa vigente en relación con los aranceles de las Instituciones Educativas de Gestión Privada.
De acuerdo con el Decreto 0007/2018 y la Resolución Conjunta Nº 140-MHF-2021 y 1219-ME-2021, las instituciones educativas de gestión privada están autorizadas a cobrar una cuota mensual por alumno y por todo concepto, durante diez meses, más una cuota de matrícula anual. El valor de esta cuota de matrícula no podrá superar el valor de dos cuotas mensuales. Además, la entidad propietaria no podrá aumentar el arancel sin la previa autorización de la Dirección de Educación Privada.
En lo que respeta a los aumentos y/o actualizaciones de los aranceles, el Ministerio de Educación de la Provincia de San Juan ha determinado que serán sometidos a la aplicación del Índice Provincial de Aranceles de Educación Privada (IPADEP). Este índice se calcula mediante informes que reflejan el comportamiento trimestral y se publica el primer día hábil después de 40 días corridos de finalizado el trimestre, lo que favorece la previsibilidad presupuestaria tanto de las instituciones educativas como de las familias.
Para el cálculo del IPADEP, se tienen en cuenta tres variables principales: la evolución de salarios cargo testigo de Docente con Antigüedad, el Índice de Precios al Consumidor Nacional (IPC-Nación), y el Coeficiente de Variación Salarial Nacional (CVS).
Recientemente, el Ministerio de Educación, a través de la Dirección de Educación Privada, autorizó un incremento de aranceles del 29.49%, correspondiente al Índice acumulado del Segundo Trimestre 2024. Este aumento se aplicará sobre el valor de la cuota del mes de mayo de 2024. , a partir de la cuota del mes de agosto de 2024.