El Ejecutivo Municipal de Jáchal informa que, tras un exhaustivo análisis técnico y jurídico realizado por la Asesoría Letrada, se han identificado serias limitaciones legales y constitucionales en la Ordenanza N° 3172, emitida por el Honorable Concejo Deliberante, referida a la protección de la cuenca del acuífero de Pampa del Chañar.
El dictamen N° 3000/2024, emitido por la asesoría el pasado 1 de noviembre, concluye que la ordenanza en cuestión excede las competencias municipales en la materia, invadiendo atribuciones exclusivas de la Provincia de San Juan, tal como lo establecen la Constitución Nacional, la Constitución Provincial y la legislación vigente.
Entre los principales puntos señalados en el dictamen se destacan:
- Incompetencia legislativa municipal:
- La regulación y gestión de los recursos hídricos corresponden exclusivamente a la Provincia de San Juan, según el artículo 124 de la Constitución Nacional y normativa provincial.
- La Ley de Aguas de San Juan y la Ley 430-P delimitan estrictamente las competencias municipales, restringiendo la capacidad de dictar normas sobre recursos naturales.
- Falta de sustento técnico y científico:
- La ordenanza carece de estudios hidrogeológicos y de impacto ambiental que justifiquen sus disposiciones.
- No se han consultado ni coordinado acciones con organismos provinciales especializados, como la Secretaría de Ambiente y la Autoridad del Agua.
- Violación de principios jurídicos fundamentales:
- La norma transgrede el principio de razonabilidad y el deber de fundamentación exigidos por la Ley General del Ambiente (Ley 25.675) y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
En virtud de lo expuesto, el Ejecutivo Municipal evalúa la inaplicabilidad de la Ordenanza N° 3172 y analiza los pasos legales a seguir para garantizar el respeto al marco normativo y constitucional.
Se enfatiza que esta decisión no debe interpretarse como una falta de compromiso con la preservación de los recursos naturales, sino como un llamado a trabajar en conjunto con la autoridad provincial competente y con bases técnicas sólidas para desarrollar políticas efectivas de cuidado ambiental.
El municipio reitera su disposición al diálogo y a la construcción de soluciones consensuadas que prioricen tanto la sostenibilidad ambiental como el respeto al orden jurídico vigente.