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La Justicia recibió la primera presentación en contra del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que prohíbe las reuniones sociales por la pandemia de Covid-19.

Un abogado de Buenos Aires solicitó declarar la inconstitucionalidad de los decretos del Gobierno nacional emitidos por la pandemia.

La Justicia recibió la primera presentación en contra del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que prohíbe las reuniones sociales por la pandemia de Covid-19.

La medida fue interpuesta por el abogado Alejandro Sarubbi Benítez, quien solicitó que se declare la inconstitucionalidad del DNU que impide las reuniones sociales y del DNU original que implementó el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio que ya lleva más de 140 días.

Entre los argumentos de la presentación, se indica que las medidas adoptadas por el Gobierno para mitigar la pandemia “lesionan, restringen, alteran y amenazan con arbitrariedad e ilegalidad derechos y garantías consagrados por la Constitución Nacional”.

De acuerdo a lo que publica el sitio infobae.com, el escrito también aduce que “el Poder Ejecutivo Nacional no sólo se excede en sus facultades, sino que también abusa de su poder”.

El abogado denunciante consideró además que para parte de la población argentina “no existe el derecho a trabajar y ejercer toda industria lícita en tanto la posibilidad material de tal cuestión fue directamente prohibida, con las consecuencias materiales y personales que pueden apreciarse con un simple análisis de la realidad actual.”

“Nuestro proyecto de vida no puede ser exterminado arbitrariamente por el Estado ni puede ser restringido más allá de los márgenes de lo razonable. De nada se nos puede culpar por ejecutar nuestro plan de vida de forma libre y autónoma, íntima y exenta de injerencias de terceros”, detalla la presentación de Sarubbi Benítez.

En la presentación judicial, se solicita como medida cautelar que se ordene al Poder Ejecutivo Nacional la suspensión de todos los decretos mencionados que impliquen restringir derechos y garantías hasta tanto se dicte una sentencia definitiva.

Fuente: www.infobae.com

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