Close Menu
  • SAN JUAN
  • DEPARTAMENTAL
  • ARGENTINA
  • Tv/Radio/app
  • EDITORIAL
  • Publicidad en radio / Web / Tv
  • Privacidad

Presentaron el Programa Instituciones en Orden

27 junio, 2025

La Ciudad de San Juan entre Espacio y Tiempo

27 junio, 2025

INAUGURACIÓN DE OBRA DE ILUMINACIÓN EN CALLE NORIEGA (RP 474)

27 junio, 2025
Facebook X (Twitter) Instagram
Facebook Instagram WhatsApp Telegram RSS
FM Cosmos
  • SAN JUAN
  • DEPARTAMENTAL
  • ARGENTINA
  • Tv/Radio/app
  • EDITORIAL
  • Publicidad en radio / Web / Tv
  • Privacidad
FM Cosmos
Portada » Revés judicial por Olivos VIP
ARGENTINA

Revés judicial por Olivos VIP

10 febrero, 2022
Compartir WhatsApp Facebook Twitter Telegram Pinterest LinkedIn Tumblr Reddit Email Copy Link
Compartir
WhatsApp Facebook Twitter Telegram Copy Link Email

Alberto siente el frío en la nuca por el OLIVIOS VIP, en un nuevo revés judicial. La Cámara Federal de San Martín avaló la decisión del juez Lino Mirabelli de no cerrar el expediente

No cerrarán el expediente del Olivos VIP

La Cámara Federal de San Martín avaló la decisión del juez Lino Mirabelli de no cerrar el expediente.

La Sala I de la Cámara Federal de San Martín rechazó una apelación presentada por tres de las asistentes a la fiesta de cumpleaños de Fabiola Yañez durante la cuarentena cerrada de 2020. La resolución de los camaristas confirmó un fallo del juez Lino Mirabelli que había dado por tierra con un planteo realizado por Alberto Fernández, imputado en la causa, para intentar cerrar el expediente.

En diciembre pasado, el juez Mirabelli había rechazado un planteo de “fala de acción” que había hecho el Presidente cuando se representaba a sí mismo en el expediente iniciado por haber violado sus propias restricciones durante la parte más dura del encierro por la pandemia de coronavirus. Desde diciembre pasado, Fernández tiene abogados defensores. Son Marcelo Sgro y Fabián Musso.

Antecedente del OLIVOS VIP para este revés judicial

El 14 de julio 2020, Yañez festejó en la Quinta de Olivos su cumpleaños. Estuvo el jefe de Estado junto a nueve amigos de la primera dama. Fue durante la cuarenta más estricta por la pandemia del coronavirus y cuando un decreto de Fernández prohibía las reuniones sociales en todo el país. La foto primero, y luego unos videos, se conocieron este año, lo que derivó en una causa penal que primero tramitó en los tribunales de Comodoro Py y luego pasó a la justicia federal de San Isidro.

En el planteo que había hecho el mandatario, sostuvo que no se había violado el decreto que él mismo había firmado en medio del aislamiento social preventivo y obligatorio para evitar que se propagara la pandemia del coronavirus.

Lo dictaminado

En aquella ocasión, el juez Mirabelli, de acuerdo con lo que había dictaminado el fiscal Fernando Domínguez, había dicho: “A la luz del hecho denunciado que interesa para esta incidencia y la normativa aplicable, concluyo que corresponde rechazar la excepción por falta de acción deducida por el Dr. Alberto Ángel Fernández, a la cual adhirieron las defensas de Stefanía Domínguez, Carolina Marafiotti, Rocío Fernández Peruilh, Florencia Fernández Peruilh y Severina Sofía Elizabeth Pacchi”.

Apelaron a la Cámara las hermanas Fernández Peruilh y Pacchi. Y ante esa apelación, los camaristas Juan Pablo Salas, Marcos Morán y Marcelo Fernández avalaron la decisión de Mirabelli y rechazaron la apelación. Lo hicieron en términos técnicos sin adentrarse en argumentos sobre el fondo de la cuestión.

En agosto del año pasado, Alberto Fernández había argumentado que lo sucedido aquella noche en la quinta de Olivos no era delito y pidió que se declare extinta la acción penal y se decrete su sobreseimiento: “Como consecuencia de lo expuesto se haga lugar a la excepción de falta de acción por manifiesta atipicicidad y, como consecuencia de ello, se proceda al dictado del sobreseimiento del suscripto”.

El fiscal Domínguez había solicitado que el planteo se rechazara. “La doctrina nacional resulta conteste a la hora de afirmar que la excepción por falta de acción fundada en la ausencia de delito sólo es viable cuando surge en forma manifiesta la falta de adecuación típica del hecho incriminado”, había dicho el fiscal en su dictamen en el que agregó que “los hechos investigados de modo alguno pueden tildarse de palmaria y/o de evidentemente atípicos”.

Fabiola Yáñez y Alberto Fernández reciben las cachetadas del REVÉS JUDICIAL

En diciembre, el juez había sostenido que la falta de acción de una causa (su cierre) “sólo procede cuando en forma preliminar se advierte en forma palmaria la inexistencia del hecho o la atipicidad o la extinción de la acción penal, sin necesidad de investigación alguna”. Y que cuando el criterio no es tan evidente se debe rechazar el pedido para que el expediente avance. El juez había señalado que eso ocurría en el caso en el que además del presidente está imputada Yañez quien festejó su cumpleaños en julio de 2020.

Mirabelli, cuando contestó el planteo original de Fernández, había dicho que se estaban realizando medidas de prueba. “Todo ello denota una actividad jurisdiccional, no sólo necesaria e incompatible con los estándares de una atipicidad manifiesta y palmaria como la invocada, sino, además, ajena al carácter de la excepción propuesta, tal como lo demuestra, incluso, la misma discusión respecto de la eventual repercusión jurídica de los hechos en cada caso”.

“En definitiva, el sumario se encuentra todavía en una etapa preliminar en la que se recopilan elementos para despejar la materialidad de los hechos y sus posibles repercusiones jurídicas, sin que concurra el carácter manifiesto y evidente que es necesario para la procedencia de la excepción por atipicidad, temperamento que resulta igualmente aplicable a todas las adhesiones efectuadas por las defensas”, había concluido el juez.

Los camaristas respaldaron la decisión de Mirabelli y el caso sigue abierto. Con el Presidente imputado.

INFOBAE

corrupción Fiesta Vip Olivos funcionarios justicia kirchnerismo OLIVOS
Seguinos en Seguinos en Seguinos en Seguinos en
Share. Facebook Twitter Pinterest LinkedIn Tumblr Copy Link Email
Previous ArticleRodríguez Saa nombrará a 30 fiscales sin pasar por ninguna evaluación
Next Article Alerta meteorológica N° 08/22 – Tormentas

Articulos Relacionados

ARGENTINA 27 junio, 2025

El diputado José Peluc acompañó al Bibliomóvil en Albardón.

Leer más
ARGENTINA 27 junio, 2025

Alerta meteorológica: Frente Frío

Leer más
ARGENTINA 26 junio, 2025

Planteo del Senador Uñac «Una Corte Suprema Federal»

Leer más
SEÑAL LIVE
Noticias Principales

Coca-Cola Andina Argentina y Pampa Energía firman histórico acuerdo de energía renovable

25 junio, 202410K

KARINA MILEI ES QUIÉN TIENE QUE LLAMARNOS

30 julio, 202410K

Pocito: Periodistas recorrieron olivos y viñedos (Vídeos y galerías de fotos)

16 junio, 20249K
Escuchar Cosmos Fm San Juan 93.5 mhz en tu móvil android
Mantente en contacto
  • Facebook
  • YouTube
  • TikTok
  • WhatsApp
  • Twitter
  • Instagram
Noticias Populares

Coca-Cola Andina Argentina y Pampa Energía firman histórico acuerdo de energía renovable

25 junio, 202410K

KARINA MILEI ES QUIÉN TIENE QUE LLAMARNOS

30 julio, 202410K

Pocito: Periodistas recorrieron olivos y viñedos (Vídeos y galerías de fotos)

16 junio, 20249K
Nuestras Noticias Elegidas

Presentaron el Programa Instituciones en Orden

27 junio, 2025

La Ciudad de San Juan entre Espacio y Tiempo

27 junio, 2025

INAUGURACIÓN DE OBRA DE ILUMINACIÓN EN CALLE NORIEGA (RP 474)

27 junio, 2025
Facebook X (Twitter) Instagram Pinterest YouTube WhatsApp TikTok Twitch Telegram RSS
  • ARGENTINA
  • SAN JUAN
  • política
  • GENERAL
  • En vivo / o descargar app
© 2025 Cosmos Fm. Diseñado por Nosotros mismos.

Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.

Esta web usa cookies
We use cookies on our website to give you the most relevant experience by remembering your preferences and repeat visits. By clicking “Accept”, you consent to the use of ALL the cookies.
Do not sell my personal information.
SettingsAceptar
Aviso de privacidad

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR