Finalmente, casi nadie pagará el impuesto a las ganancias ni en el Poder Judicial ni en el Ministerio Público. El alcance del texto aprobado en el Senado es exiguo: sólo abarca a quienes ingresen al Poder Judicial y al Ministerio Público en 2017.
Quedan exentos de pagar Ganancias los jueces, los fiscales y los defensores en actividad y jubilados; también los secretarios y funcionarios actuales y los que sean ascendidos o promovidos mediante concursos, y aquellos que lleguen de la justicia provincial o de la ciudad a la Nación y viceversa.
El texto aprobado originariamente por la Cámara de Diputados a instancias del kirchnerismo y el massismo incluía una norma para el pago de Ganancias en el Poder Judicial a quienes ingresaran en 2017.
La Corte emitió ayer un comunicado en el que señaló que «interpretada estrictamente [esa reforma] excluía a los fiscales, defensores, empleados y funcionarios. La consecuencia es que pagarían el impuesto a las ganancias no sólo quienes ingresen a partir de 2017, sino también todos los que ya están en funciones: empleados, funcionarios, fiscales, defensores, jubilados».
Pero la Corte dijo que ahora «la cuestión fue modificada por el Senado de la Nación», pues en el texto aprobado ayer a la tarde dice: «Sustitúyense los incisos a y c del artículo 79, por los siguientes:
«a) Del desempeño de cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sin excepción, incluidos los cargos electivos de los poderes ejecutivos y legislativos. En el caso de los magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Nación y de las provincias y del Ministerio Público de la Nación cuando su nombramiento hubiera ocurrido a partir del año 2017, inclusive.
«c) De las jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto tengan su origen en el trabajo personal y en la medida en que hayan estado sujetos al pago del impuesto, y de los consejeros de las sociedades cooperativas.»
De este modo, la Corte advirtió que de convertirse en ley hoy este texto «queda claro que todos los empleados, funcionarios, fiscales, defensores y magistrados que están en funciones no pagarán el impuesto. En cambio, quienes ingresen a partir de 2017 estarán obligados a pagarlo».
El inusual comunicado de la Corte sirvió para calmar las aguas intranquilas en los despachos de los tribunales, las fiscalías, las defensorías y entre los jueces jubilados que veían en peligro la prerrogativa que tienen. El argumento es que no se puede cambiar el régimen de Ganancias que afecta los sueldos de los jueces porque la Constitución nacional protege «su intangibilidad».
El documento aprobado por el Senado fue producto de la negociación que realizaron el peronismo, el Gobierno, el gremio de los judiciales con Julio Piumato a la cabeza y el propio presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti.
De hecho, el Gobierno difundió ayer desde el Ministerio del Interior un documento en el que advirtió que, por el artículo 110 de la Constitución nacional, los sueldos de los jueces de la Corte y de los tribunales inferiores son intangibles.
Y reproduce el texto del dictamen del Senado que deja fuera del impuesto a los magistrados, funcionarios empleados de la justicia nacional, de las provincias y del Ministerio Público, tanto defensores como fiscales designados luego de 2017.
Las conversaciones de alto nivel entre el Gobierno, el PJ, Piumato y la Corte buscaron preservar que los empleados y los jubilados no vieran afectados sus salarios, ante la perspectiva de una huelga que paralizara la Justicia.
Piumato y fuentes de la Corte confirmaron a LA NACION que el diálogo fue permanente para llegar a esta fórmula de consenso, que es la que esperan que hoy apruebe la Cámara de Diputados.
«No está en riesgo el salario de los trabajadores, podemos garantizar que no se aplicará el impuesto si hay promociones o ascensos», dijo Piumato en una conversación con LA NACION.
Advirtió que, de darse este extremo, se daría el ridículo caso de que un secretario, por ejemplo, no quiera ascender a juez porque ganaría más en su cargo actual que en el nuevo, si es que tuviera que tributar Ganancias, explicó el sindicalista.
El gremio de los jueces -la Asociación de Funcionarios y Magistrados de la Justicia Nacional- prefirió ayer el silencio mientras analizan los alcances de la ley. No obstante realizaron inquietas consultas con el Gobierno y el Ministerio de Justicia para asegurarse de que no haya cambios en lo acordado ayer.
Un freno constitucional
Intangibilidad
El artículo 110 de la Constitución nacional dice que los sueldos de los jueces son intangibles, es decir que no pueden ser disminuidos
Diputados
El proyecto anterior permitía descontar ganancias a los empleados, funcionarios y jueces que estaban en funciones y ascendieran en 2017
Senado
El nuevo proyecto excluye a jueces, fiscales, magistardos y funcionarios aunque asciendan. Solo pagarían los nuevos que ingresan en 2017
fuente LA NACIÒN