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ARGENTINA

BETITO Y LOS BIENES PERSONALES

8 octubre, 2019
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El impuesto que pesa sobre el patrimonio de las personas tuvo su salida a escena en estos días de campaña electoral a partir de declaraciones Alberto Fernández. El candidato a presidente por el Frente de Todos lo mencionó al referirse a las estrategias posibles para mejorar las cuentas fiscales .

Durante la gestión de Mauricio Macri se aprobaron dos leyes que modificaron el esquema de este tributo sobre las tenencias. Bienes Personales alcanza -en cuanto a la obligación que venció este año, originada en la situación patrimonial al 31 de diciembre de 2018- a poco más de un millón de personas. Su recaudación representa menos del 1% de los recursos impositivos nacionales, según se desprende de los informes estadísticos de la AFIP. Entre enero y septiembre el Estado obtuvo por este concepto casi $19.000 millones, una cifra muy lejana a los $825.500 millones que representó lo recaudado por Ganancias y mucho más distante aún de los $1.109.000 millones del IVA (neto de las devoluciones).

La última reforma, la de la ley 27.480 de 2018, elevó el monto libre del impuesto, para este año, de $1.050.000 a $2.000.000. Y en un cambio bastante más significativo, se dejó fuera del alcance del tributo a la vivienda del contribuyente, por un valor de hasta $18.000.000 (unos US$300.000).

A partir de esos parámetros, la alícuota que -por el patrimonio de este año- se aplicará por Bienes Personales es progresiva. Si el valor de los bienes alcanzados por el impuesto supera en hasta $3.000.000 el monto no imponible de $2.000.000 (es decir, si alguien está alcanzado por el impuesto y lo declarado suma hasta $5.000.000), se pagará el 0,25%. Si lo que excede de los $2.000.000 es una cifra de entre $3.000.000 y $18.000.000, se abonará un monto fijo de $7500 más el 0,5% sobre el valor del patrimonio que exceda los $3.000.000. Finalmente, en el escalón más alto, si el monto informado supera en $18.000.000 el valor exento, entonces el contribuyente tributará $82.500 más el 0,75% calculado sobre el excedente de $18.000.000.

Entre 2016 y 2018 rigió el esquema que fue incluido en la ley del blanqueo de capitales. La intención del Gobierno, al elevar la propuesta al Congreso, había sido aliviar esta carga en forma progresiva hasta su total eliminación, algo que iba a ocurrir este año. Sin embargo, esa alternativa no obtuvo consenso legislativo y, finalmente, la ley 27.260 dejó definidos los parámetros de esta carga fiscal para los ejercicios fiscales 2016, 2017 y 2018, pero sin disponer el punto final para el tributo. En cada uno de esos tres años se incrementó la base a partir de la cual un contribuyente está alcanzado por el impuesto, y se redujo a la vez la alícuota, que fue para todos igual (sin importar la magnitud del patrimonio).

En la gestión kirchnerista, el impuesto había mantenido durante varios períodos el monto no imponible de $102.300. Pese a la devaluación y a la inflación de aquellos años, recién en 2007 una ley dispuso elevar esa cifra libre del impuesto a $305.000, base que rigió hasta 2015. El congelamiento y el ajuste insuficiente hicieron que más personas quedaran alcanzadas por la carga sin que tuvieron un real incremento de sus patrimonios.

El esquema está además atravesado por aspectos que hacen que la situación frente al fisco no sea igual para todos. En el caso de los inmuebles, por ejemplo, se toma el valor de la adquisición menos una amortización, o bien el valor fiscal fijado para el cobro de obligaciones fiscales locales (de los dos, el más alto). Eso llevó a diferencias según la jurisdicción, ya que los criterios para valuar y actualizar no son los mismos. Desde el año pasado y por un mecanismo provisorio, el valor fiscal es el vigente al 31 de diciembre de 2017 ajustado por inflación. Mientras tanto, un organismo especial debería fijar criterios comunes de valuación para todo el país.

fuente LA NACION
ALBERTO FERNANDEZ BIENES PERSONALES ELECCIONES 2019
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