El proyecto de ley que el Poder Ejecutivo envió anteanoche al Congreso contempla la creación de una pensión universal para todas las personas de 65 años o más que no cobren ninguna prestación previsional o social. La intención del Gobierno es reemplazar las moratorias que rigieron en los últimos años y que les permitieron a muchos acceder a un ingreso tras declarar deudas de aportes.
La posibilidad de acceder a la nueva pensión estaría limitada en el tiempo: la solicitud debería hacerse en los tres años siguientes a la aprobación de la ley. Ése es el plazo que se daría a un grupo de expertos para elaborar una reforma jubilatoria integral. Para entonces, la nueva ley debería establecer qué ocurrirá con quienes lleguen a la edad de retiro sin aportes para jubilarse.
La pensión universal (que estaría habilitada para todos los mayores, sin contemplar cuál es su situación socioeconómica) sería equivalente al 80% del haber mínimo y daría derecho a las prestaciones del PAMI. Quien la cobre podría trabajar y reu-nir aportes para pedir después su jubilación. En el Gobierno estiman que en el primer año podrían otorgarse unos 60.000 beneficios.
Tal como se preveía, el proyecto plantea la declaración de la «emergencia en materia de litigiosidad previsional» y busca establecer propuestas de pago de lo que se asume que es una deuda del Estado con algo más de 2,2 millones de jubilados, a quienes se les abonaron los haberes mensuales por debajo de lo que corresponde en función de lo dicho por a Justicia.
El Programa de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados contempla la firma de acuerdos entre la Anses y quienes acepten el plan propuesto para la recomposición de los haberes, y en el caso de quienes hicieron juicios, también para el pago de las retroactividades.
Respecto del recálculo de haberes, el proyecto busca definir qué índices usará la Anses para actualizar el valor histórico de los salarios que forman parte de la fórmula de cálculo (uno de los componentes de la fórmula del haber inicial es el promedio de las últimas 120 remuneraciones que tuvo la persona antes del retiro). El problema de cómo dar actualización a los montos fue resuelto a partir de la ley de movilidad pero sólo para los ingresos de 2009 en adelante; lo que se busca ahora es recalcular los haberes aplicando nuevos índices de actualización para las remuneraciones correspondientes a períodos anteriores a 2009.
Al determinar nuevos ingresos mensuales éstos quedarían limitados por el tope que rige en el sistema, que hoy es de $ 36.330 (y que cambiará en septiembre próximo).
El programa también prevé el pago de los retroactivos. Se trata de las diferencias acumuladas entre lo que el jubilado debió haber cobrado según el haber recalculado a partir de los criterios fijados por esta misma ley y lo que efectivamente percibió en los últimos años. Estos pagos serán sólo para quienes hayan hecho demandas y no tendrán quita en caso de existir sentencia firme al 30 de mayo de este año. A quienes hayan iniciado un juicio antes del 30 de mayo y no tengan aún sentencia firme se les reconocerán retroactivos hasta un máximo de 48 meses, incluyendo dos años previos al reclamo. Así, para quien está esperando la resolución de su litigio desde hace varios años, habría una quita.
El 50% de los retroactivos se pagaría en forma inmediata y el 50%, en 12 cuotas trimestrales, que se ajustarían según la movilidad jubilatoria.
Cuando se cobren retroactivos, el impuesto a las ganancias será calculado con el criterio de ingresos devengados: se observará, período por período, si al jubilado le habría tocado tributar en caso de haber recibido su ingreso bien calculado en el momento correspondiente.
El plan fijaría un orden de prioridades: ingresarían antes los mayores de 80 años y los enfermos terminales.
fuente LA NACIÒN