La Corte Suprema autorizó ayer a las empresas eléctricas a cobrar el aumento de la luz en la provincia de Buenos Aires.
Así lo decidió el alto tribunal cuando, por unanimidad, revocó la medida cautelar que había dictado el juez federal platense Luis Arias y devolvió otro expediente a la jueza Mariana Forns, de San Martín.
El fallo constituye una buena noticia para el gobierno nacional, cuyo trabajo en la Justicia estuvo supervisado por el procurador del Tesoro, Carlos Balbín, y por el ministro de Justicia, Germán Garavano. Y también es una buena noticia para las electricas Edenor y Edesur, que ayer analizaban cómo proceder con las nuevas facturas.
En la práctica, la Corte les dejó libres las manos para enviar nuevas facturas en toda la provincia, aunque todavía están en pie algunos amparos que benefician, particularmente, a los habitantes de ciertos municipios, como Pilar y La Matanza. Por eso, según fuentes de las eléctricas, estaban evaluando cómo proceder.
El fallo también tiene duros cuestionamiento a la labor del juez Arias y de la jueza Forns, que tramitaron las causas, según la Corte, al margen de todas las normas procesales. Y hay un dato que el Gobierno interpretó como un «castigo a los oportunistas», en alusión al Partido Justicialista bonaerense y a los cuatro diputados provinciales que habían interpuesto la demanda: la Corte los condenó a pagar todas las costas.
Si bien podrían surgir nuevos amparos que puedan dar lugar a nuevas medidas cautelares, el fallo acota la posibilidad de nuevas presentaciones en otros distritos y facilita la readecuación tarifaria que encaró el presidente Mauricio Macri para el sector eléctrico. Según fuentes del Gobierno, se aseguran un ahorro global en subsidios de 4000 millones de dólares.
El ministro de Energía, Juan José Aranguren, a través de varias resoluciones dictadas el 25 y 27 de enero pasados, había dispuesto un fuerte incremento de la tarifa de energía eléctrica a partir del 1° de febrero. De acuerdo con los demandantes, incluían aumentos de más de 500%.Ahora, esas normas seguirán siendo válidas.
Sin audiencias
A diferencia de lo que había ocurrido dos semanas atrás, cuando anuló las subas de las tarifas de gas y le ordenó al Gobierno convocar a audiencias públicas, en este nuevo pronunciamiento, tal como lo había anticipado LA NACION, la Corte recurrió a cuestiones procesales para dejar sin efecto la medida cautelar dictada por el juez Arias, y en ningún momento le ordena al Gobierno convocar a audiencias públicas.
Después del fallo por las tarifas del gas, el Gobierno comenzó a corregir el rumbo, habilitó una ronda de consultas con distintos sectores políticos y convocó a la audiencia que se hará la semana próxima.
Todo esto, sin duda, pesó sobre el ánimo de los jueces a la hora de analizar este segundo expediente. Y con el mismo argumento procesal que usó en aquel caso para separar a clientes residenciales y comerciales (la legitimación del primer sector para demandar, y la falta de facultad del segundo) y con el que afectó al Gobierno, también resolvió este caso, pero para beneficiarlo.
Para la Corte, tomar esta decisión fue sencillo porque el trámite del expediente de La Plata y el de San Martín estuvieron plagados de incongruencias y desprolijidades.
fuente LA NACIÒN